Procedimientos judiciales contra Italia por el combustible de los yates
Las actuales normas de la UE sobre impuestos especiales permiten a los Estados miembros no gravar el combustible utilizado por una empresa de transporte marítimo con fines comerciales, es decir, para la venta de servicios de transporte marítimo. Se puede aplicar una exención, pero sólo si la persona que arrienda el buque vende estos servicios a terceros. Al permitir que las embarcaciones de recreo fletadas, como los yates, se califiquen como buques "comerciales" aunque estén destinados a uso personal, Italia las exime de los impuestos sobre el combustible. La Comisión Europea considera que esta práctica viola la legislación de la UE y ha remitido el asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Los profesionales de la náutica de los países vecinos, en particular de la Côte d'Azur, denunciaron esta competencia desleal que, según ellos, empujaba a los yates a detenerse al otro lado de la frontera, lo que les hacía perder muchos ingresos.
Chipre e Italia están involucrados en el IVA de los yates
Antes de una posible remisión al Tribunal de Justicia, la Comisión también ha enviado dictámenes motivados a Chipre e Italia sobre la cuestión de la reducción del IVA para el alquiler de yates. Revelado en el marco de los Documentos del Paraíso, la práctica de los países en cuestión es aplicar una escala de reducción del IVA en el alquiler de yates, proporcional al tamaño de la embarcación. Dado que las normas de la UE permiten exenciones cuando el barco se opera fuera de la UE, esto se basa en la suposición de que el tamaño del barco y el tiempo que ha estado navegando fuera de la UE son proporcionales. La Comisión rechaza el argumento y la posibilidad de una reducción a tanto alzado.